precepto/art173
Art. 173. Los gerentes o administradores de las compañías mercantiles no podrán negar a los socios el examen de todos los documentos comprobantes de los balances que se formen para manifestar el estado de la administración social, salvo lo prescrito en los artículos 150 y 158.
← art172 · All articles · art174 →
Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-08-01