lexiara

precepto/art1580

Artículo 1580. En defecto de pacto especial, se estará a la costumbre del pueblo para las reparaciones de los predios urbanos que deban ser de cuenta del propietario. En caso de duda se entenderán de cargo de éste.

· All articles ·

Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-08-01