precepto/art1930
Artículo 1930. Por la prescripción se adquieren, de la manera y con las condiciones determinadas en la ley, el dominio y demás derechos reales. También se extinguen del propio modo por la prescripción los derechos y las acciones, de cualquier clase que sean.
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Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-08-01