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precepto/art205

Artículo 205. El que disponga de bienes a título gratuito en favor de un menor podrá establecer las reglas de administración y disposición de los mismos y designar la persona o personas que hayan de ejercitarlas. Las funciones no conferidas al administrador corresponden al tutor.

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Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-08-01