precepto/art429
Artículo 429. La Ley sobre Propiedad Intelectual determina las personas a quienes pertenece ese derecho, la forma de su ejercicio y el tiempo de su duración. En casos no previstos ni resueltos por dicha ley especial se aplicarán las reglas generales establecidas en este Código sobre la propiedad.
← art428 · All articles · tv-2 →
Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-08-01