lexiara

precepto/art526

Artículo 526. El que tuviere el uso de un rebaño o piara de ganado podrá aprovecharse de las crías, leche y lana en cuanto baste para su consumo y el de su familia, así como también del estiércol necesario para el abono de las tierras que cultive.

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Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-08-01