lexiara

precepto/art766

Artículo 766. El heredero voluntario que muere antes que el testador, el incapaz de heredar y el que renuncia a la herencia no transmiten ningún derecho a sus herederos, salvo lo dispuesto en los artículos 761 y 857.

· All articles ·

Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-08-01