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precepto/art815

Artículo 815. El heredero forzoso a quien el testador haya dejado por cualquier título menos de la legítima que le corresponda, podrá pedir el complemento de la misma.

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Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-08-01 · Text as consolidated on 2026-06-26; changes after this date are not shown.