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precepto/a1-3

Artículo 169. Concesión de autorizaciones para ejercicio no comercial de derechos. La gestión de derechos encomendada a una entidad de gestión no impedirá a su titular conceder autorizaciones no exclusivas para el ejercicio no comercial de los mismos en los términos previstos en los estatutos de la entidad.

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Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-09-05