precepto/a165
Artículo 165. Acuerdos sectoriales. Las entidades de gestión están obligadas a negociar y celebrar contratos generales con asociaciones de usuarios de su repertorio, siempre que aquellas lo soliciten y sean representativas del sector correspondiente.
← a164 · All articles · a166 →
Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-09-05