precepto/a176
Artículo 176. Procedimiento para exigir la responsabilidad subsidiaria. Una vez declarados fallidos el deudor principal y, en su caso, los responsables solidarios, la Administración tributaria dictará acto de declaración de responsabilidad, que se notificará al responsable subsidiario.
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Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-08-27