precepto/a4-2
Artículo 45 bis. Adecuación del procedimiento a los derechos fundamentales garantizados por la normativa europea. En los procedimientos regulados en esta ley y en su normativa de desarrollo se garantizará en todo momento el cumplimiento de los principios generales del Derecho de la Unión y la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la legislación nacional que sea de aplicación.
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Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-08-27