lexiara

precepto/a69

Artículo 69. Publicidad de las sanciones. Serán públicas, en la forma y condiciones que se prevea reglamentariamente, las sanciones impuestas en aplicación de esta Ley, su cuantía, el nombre de los sujetos infractores y la infracción cometida.

· All articles ·

Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-08-27