lexiara

precepto/a70

TRLGDCU

Artículo 70. Formalidades para el ejercicio del desistimiento. El ejercicio del derecho de desistimiento no estará sujeto a formalidad alguna, bastando que se acredite en cualquier forma admitida en derecho. En todo caso se considerará válidamente ejercitado mediante el envío del documento de desistimiento o mediante la devolución de los productos recibidos.

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Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-08-01