precepto/a9
TRLGDCU
Artículo 9. Bienes y servicios de uso común. Los poderes públicos protegerán prioritariamente los derechos de los consumidores y usuarios cuando guarden relación directa con bienes o servicios de uso o consumo común, ordinario y generalizado.
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Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-08-01