precepto/a245
Artículo 245. Organización y funcionamiento del consejo de administración. 1. En la sociedad de responsabilidad limitada los estatutos establecerán el régimen de organización y funcionamiento del consejo de administración, que deberá comprender, en todo caso, las reglas de convocatoria y constitución del órgano, así como el modo de deliberar y adoptar acuerdos por mayoría. 2. En la sociedad anónima cuando los estatutos no dispusieran otra cosa, el consejo de administración podrá designar a su presidente, regular su propio funcionamiento y aceptar la dimisión de los consejeros. 3. El consejo de administración deberá reunirse, al menos, una vez al trimestre.
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Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-08-27