lexiara

precepto/a516-2

Artículo 516. Publicidad de la convocatoria. 1. La sociedad anónima cotizada está obligada a anunciar la convocatoria de su junta general, ordinaria o extraordinaria, de modo que se garantice un acceso a la información rápido y no discriminatorio entre todos los accionistas. A tal fin, se garantizarán medios de comunicación que aseguren la difusión pública y efectiva de la convocatoria, así como el acceso gratuito a la misma por parte de los accionistas en toda la Unión Europea. 2. La difusión del anuncio de convocatoria se hará utilizando, al menos, los siguientes medios: a) El ‘‘Boletín Oficial del Registro Mercantil’’ o uno de los diarios de mayor circulación en España. b) La página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. c) La página web de la sociedad convocante.

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Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-08-27