precepto/dtsegunda
Disposición transitoria segunda. Régimen sancionador. Serán de aplicación las disposiciones sancionadoras de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales, a los hechos cometidos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley.
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Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-09-05