precepto/a61
Artículo 61. Nulidad de las comunicaciones. Serán nulos las notificaciones, citaciones y emplazamientos que no se practiquen con arreglo a lo dispuesto en este Capítulo. No obstante, si el interesado se hubiere dado por enterado o constara de forma suficiente su conocimiento procesal o extraprocesal de los elementos esenciales de la resolución, la diligencia surtirá efecto desde ese momento.
← a60 · All articles · a62 →
Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-09-05