lexiara

precepto/a81

Artículo 81. Infracciones leves. Constituirán infracciones leves aquellos incumplimientos de obligaciones establecidas específicamente en esta Ley que no constituyan infracciones muy graves o graves conforme a lo previsto en los dos artículos precedentes.

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Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-09-05