precepto/a764
Art. 764. Se entenderán comprendidas en el seguro, si expresamente no se hubieren excluido en la póliza, las escalas que por necesidad se hicieren para la conservación del buque o de su cargamento.
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Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-08-01 · Text as consolidated on 2025-12-16; changes after this date are not shown.