precepto/daoctava
IVA
Disposición adicional octava. Referencia normativa. Los términos "la Comunidad" y "la Comunidad Europea" que se recogen en esta Ley, se entenderán referidos a "la Unión", los términos "de las Comunidades Europeas" o "de la CEE" se entenderán referidos a "de la Unión Europea" y los términos "comunitario", "comunitaria", "comunitarios" y "comunitarias" se entenderán referidos a "de la Unión".
← daseptima · All articles · dtprimera →
Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-08-01