lexiara

precepto/a108

Artículo 108. Procedimiento aplicable en el supuesto de infracciones leves. En el caso de infracciones leves, la sanción podrá imponerse previa la tramitación del procedimiento simplificado, siendo únicamente preceptiva la audiencia de la entidad interesada y de los cargos de administración o dirección correspondientes.

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Source: BOE — legislación consolidada · retrieved 2026-09-05